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El Gobierno Municipal aprueba la Ordenanza Municipal de bicicletas y patinetes eléctricos

patinete y bicicleta
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Toda la oposición vota en contra del texto regulador

El Pleno del Ayuntamiento de Aranjuez ha aprobado con los votos a favor del Gobierno Municipal y en contra de toda la oposición la propuesta definitiva de Ordenanza Reguladora de la circulación, uso, estacionamiento y registro de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) y Bicicletas.

Presentada por el delegado de Movilidad, David Esteban Fernández, la nueva normativa municipal abarca el uso de patinetes eléctricos y bicicletas, su circulación ordenada y su convivencia con los peatones y otros vehículos acorde a la legislación estatal y a la Dirección General de Tráfico (DGT).

El texto regula otros aspectos como el uso obligatorio del casco, las zonas de estacionamiento, el seguro para ciertos usos profesionales y comerciales o los requisitos técnicos de los vehículos.

También se crea el Registro Municipal de Vehículos de Movilidad Personal y Bicicletas, adscrito a la Delegación de Movilidad y gestionado por la Policía Local de Aranjuez en coordinación con la DGT, un censo que identificará a los vehículos y propietarios útil en caso de accidentes o infracciones.

La Ordenanza Municipal establece un régimen sancionador con infracciones leves, graves y muy graves con multas acorde a estas categorías.

  • ¿Por dónde circular?

Los VMP podrán circular por calzadas limitadas a 30 km/h, carriles bici, ciclocalles y zonas compartidas con prioridad peatonal, quedando prohibida su circulación por aceras y zonas peatonales salvo señalización específica.

  • ¿Hay que usar casco?

Será obligatorio el uso de casco homologado para todos los conductores de VMP y para los menores de 16 años que utilicen bicicletas o bicicletas de pedaleo asistido. También se exigirá que los vehículos dispongan de elementos de seguridad como luces, reflectantes, timbre y certificado de circulación conforme al Manual de Características Técnicas de la DGT.

  • ¿Dónde se aparca?

En materia de estacionamiento, la norma regula el uso de espacios habilitados y prohíbe estacionar en pasos de peatones, paradas de transporte público o elementos del mobiliario urbano como árboles, señales y farolas.

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