El Pleno aprueba no interponer recurso y pedir a Cultura un informe basado en el desfavorable del ICOMOS
El Pleno de la Corporación de Aranjuez celebrado hoy ha aprobado por unanimidad no interponer recurso contra la Resolución por la que se otorga a Romeral Solar, S.L. las autorizaciones administrativas para la instalación del complejo fotovoltaico Las Fresas en los términos municipales de Aranjuez, Ocaña y Ontígola, declarándose, en concreto, su utilidad pública.
La Resolución, de fecha 25 de junio de 2024 (BOE de 8 de julio de 2024), daba las autorizaciones administrativas previa de las modificaciones y de construcción a esta empresa para la construcción de una plata de 8,9 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación.
La propuesta del delegado de Urbanismo, Nacho Díaz, se ha aprobado tras el informe del ICOMOS (Consejo Internacional de Monumentos y Sitios), órgano asesor de la UNESCO, que rechaza la ubicación de los proyectos de parques solares fotovoltaicos colindantes al término municipal de Aranjuez al poner en riesgo el Paisaje Cultural y sus zonas de amortiguamiento.
Por todo ello, la Institución Municipal considera que es el Ministerio de Cultura el que debe emitir un informe desfavorable sobre la iniciativa basado en el realizado por el ICOMOS y trasladarlo al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para la revocación de las autorizaciones concedidas a los proyectos Los Pradillos, Envatios XXII fase II y Tagus 1, ahora en fase de redacción.
En los Tribunales
El pasado 24 de septiembre de 2025, el Pleno del Ayuntamiento de Aranjuez aprobó por unanimidad ejercitar las correspondientes acciones judiciales para impugnar las autorizaciones otorgadas por la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico relativas a las plantas fotovoltaicas de Los Pradillos, Envatios XXII fase II, Tagus 1 y Las Fresas.
El recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Ayuntamiento ha recaído en la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que ha admitido a trámite el recurso contra la resolución de la planta de Los Pradillos y ha ordenado que los recursos contra las resoluciones del resto de plantas fotovoltaicas se interpongan por separado.
















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