Nueva ley sobre piscinas públicas, incluidas las de las comunidades de vecinos
El texto unifica toda la normativa regional y la equipara a la estatal
La Comunidad de Madrid ha aprobado el Decreto que actualiza la normativa sobre las piscinas de uso público, incluidas las de comunidades de propietarios, que establece los criterios técnicos e higiénico-sanitarios de obligado cumplimiento para aumentar la protección de sus usuarios.
El nuevo texto legal también afecta a las de los hoteles, centros sanitarios y terapéuticos, vasos de hidromasaje y los parques acuáticos.
El objetivo de la modificación es minimizar los riesgos para la salud en relación con la calidad del agua y del ambiente interior, así como los de exposición a riesgos físicos, químicos y biológicos, en este último caso, con especial atención a la bacteria de la legionela.
La nueva normativa unifica toda la legislación sobre la materia, la adapta a la legislación estatal y la actualiza con los cambios en los trámites ante la Administración, las mejoras en el tratamiento de aguas o las nuevas modalidades de ocio vinculadas a este tipo de actividades.
Entre las novedades se encuentra, para las piscinas de nueva construcción o las obras de reforma, la sustitución de la autorización sanitaria de funcionamiento por una declaración responsable.
El Decreto establece que el agua podrá ser conservada durante el periodo de cierre de estas instalaciones, siempre que se la someta a un proceso que garantice los criterios de calidad legales en el momento de la apertura.
Además, se regula específicamente, en función de cada caso, la obligatoriedad de la presencia de socorristas, personal sanitario, material de rescate, servicio de ambulancias o monitores.
El Decreto entrará en vigor en cuanto se publique en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.