El Tribunal Supremo desestima la suspensión cautelar de los caudales ecológicos del Tajo
Los colectivos en defensa del río celebran los autos
El Tribunal Supremo se ha pronunciado contrario a los recursos de la Generalitat Valenciana, la Diputación de Alicante y la Comunidad de la Región de Murcia con unos autos que inciden en la obligación legal del establecimiento y aplicación de los caudales ecológicos completos y que son necesarios dado el deterioro del eje del Tajo.
La Red Ciudadana del Tajo y la Asamblea de Municipios Ribereños de Entrepeñas y Buendía, personados en estos recursos, celebran esta decisión del Alto Tribunal.
En el caso de la Generalidad Valenciana el TS confirma la denegación de las medidas cautelares que ya desestimó el 4 de mayo de 2023, reiterando que los supuestos daños que se producirían con la implantación de los caudales según la recurrente, son futuros (para 2026) y por tanto no pueden amparar una suspensión cautelar ahora.
En el caso de la Diputación de Alicante y de la Comunidad de la Región de Murcia, el TS decide por primera vez sobre las medidas cautelares de suspensión de la implantación de caudales ecológicos.
Desestima ambas peticiones cautelares por distintas razones, entre las que destacan que el establecimiento y aplicación de los caudales ecológicos completos es una obligación legal que, además, es necesaria dado el deterioro ecológico general en el que se encuentra el eje del Tajo. También razona que supone un incumplimiento de las sentencias del Tribunal Supremo respecto del Plan Hidrológico de 2016 que exigían un régimen de caudales ecológicos completos.