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Publicado: Mié, Oct 28th, 2020

Ordenanza para las prestaciones de los Servicios Sociales del Ayuntamiento

Servicios SocialesEl Pleno de la Corporación municipal ha aprobado la Ordenanza reguladora de las prestaciones económicas y en especie del sistema público de Servicios Sociales del Ayuntamiento para la atención de las necesidades sociales.

Las ayudas a conceder contarán con una dotación económica, a través del Presupuesto anual del Ayuntamiento de Aranjuez. Esta dotación presupuestaria estará en función del presupuesto municipal y la aportación de la Comunidad de Madrid a través del Convenio para el desarrollo de la Atención Social Primaria y otros programas de los Servicios Sociales locales, suscrito anualmente.

La delegada de Bienestar Social, Mercedes Rico, ha explicado que “el Gobierno Municipal a través de esta Ordenanza, pretende facilitar a los ciudadanos el conocimiento de las prestaciones, su acceso y alcance y, a su vez, proporcionar a los técnicos de Servicios Sociales las herramientas necesarias para su aplicación”

En la Ordenanza se establecen varios tipos de prestaciones económicas en función de las necesidades planteadas y su valoración por los Servicios Sociales municipales, pudiendo ser ayudas puntuales de pago único o concedidas por un período de tiempo determinado y limitado. Dichas ayudas se podrán otorgar mediante las siguientes modalidades:

· Directas: cuando se otorguen y abonen personalmente al propio beneficiario o representante legal por razones de interés social.

· Indirectas: Cuando se conceden al beneficiario y se abonan singularmente al profesional, proveedor, institución o centro que presta el servicio al que se destina la ayuda.

La Ordenanza establece, también, una serie de tipologías de las ayudas como son: ayudas familiares, para la alimentación infantil, para la vivienda, para el pago de suministros de luz y agua, ayudas complementarias, para el alojamiento alternativo, prestaciones en especie y otras ayudas extraordinarias.

Estas ayudas podrán solicitarlas las personas físicas mayores de edad o menores emancipados, para sí mismos o para su unidad familiar, que reúnan los requisitos establecidos en la Ordenanza. El interesado presentará la solicitud junto a la documentación requerida, a través del Registro General del Ayuntamiento.

Mercedes Rico ha expresado que “los Servicios Sociales de Atención Primaria, como primer recurso de la ciudadanía a la hora de acceder a todo tipo de prestaciones públicas, deben contar con los medios adecuados y suficientes para dar respuesta a las necesidades sociales de la población”.

“Con la puesta en marcha de esta Ordenanza el Gobierno municipal va a proveer, por primera vez en este Ayuntamiento, de un marco jurídico para todas las ayudas públicas municipales de carácter social que van dirigidas a la población más vulnerable de nuestra ciudad”, ha concluido la delegada de Bienestar Social.

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